Tal como habíamos adelantado, la empresa presentó el día 22 de agosto su Respuesta a nuestro Proyecto de Contrato Colectivo, cumpliendo así otra de las etapas del proceso de negociación colectiva en curso.
En su análisis, constatamos que esta no cumple con el estándar establecido por el Código del Trabajo en lo relativo al Piso Mínimo, por lo que acudimos a la Inspección del Trabajo a efectos de interponer un reclamo en este punto.
Es por ello que, para mayor entendimiento de todas y todos, nuevamente recopilamos algunas preguntas realizadas por socios y socias, a efectos de responderlas en forma general para todo el sindicato.
1.- ¿QUÉ ES EL PISO MÍNIMO DE LA NEGOCIACIÓN?
El Piso Mínimo de la negociación, según lo establecido por el Código del Trabajo, es una garantía en favor del Sindicato, en virtud de la cual la empresa debe incorporar en su respuesta, a lo menos, idénticas estipulaciones a las contenidas en el contrato colectivo vigente, salvo algunas excepciones legales (por ejemplo, reajustes, incrementos, bonos con motivo de la firma, etc.).
2.- ¿CUMPLIÓ LA EMPRESA CON EL PISO MÍNIMO EN SU RESPUESTA?
No, la empresa omitió una serie de cláusulas económicas que nos corresponden como sindicato y que sirven para financiar nuestras actividades (como por ejemplo, los aportes para actividades deportivas), cometió errores graves de redacción, desconoció la existencia de beneficios especiales en caso de despido y pretendió establecer la autorización gratuita de las jornadas excepcionales, así como el otorgamiento de la extensión de beneficios.
3.- ¿QUÉ SIGNIFICA QUE EL SINDICATO HAYA INTERPUESTO UN RECLAMO POR EL PISO MÍNIMO?
El Sindicato podrá reclamar ante la Inspección del Trabajo respecto todos aquellos puntos en los cuales la empresa no ha cumplido con la ley en su respuesta, a fin de que sea dicho organismo estatal el que determine el correcto alcance, especialmente en lo referido al piso mínimo de la negociación.
De esta forma, se abre un procedimiento administrativo, en el cual será la Inspección respectiva la que determine que se debe considerar como Piso Mínimo de la negociación.
4.- ¿ESTO SUSPENDE EL INICIO DE LAS NEGOCIACIONES?
No, el procedimiento ante la Inspección del Trabajo se desarrolla de forma paralela a las mesas de negociación, las cuales están contempladas para iniciar esta semana y de cuyos avances informaremos oportunamente.